MSC Flaminia proporciona orientación útil sobre el derecho de un transportista a limitar la responsabilidad
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MSC Mediterranean Shipping Co SA contra Stolt Tank Containers BV [02.11.22]
22/02/2023
Pareja
Londres
Este artículo fue escrito en coautoría por Sam Butler, Trainee Solicitor, Londres.
El 14 de julio de 2012, mientras transitaba por el Océano Atlántico en ruta desde Carolina del Sur a Amberes, se produjo una explosión en la bodega de carga del MSC Flaminia que provocó un gran incendio.
Trágicamente, varios miembros de la tripulación resultaron heridos y tres perdieron la vida. Cientos de contenedores fueron destruidos y el barco sufrió grandes daños. Se descubrió que la explosión fue causada por la autopolimerización del contenido de uno o más de tres contenedores cisterna cargados con un 80% de divinilbenceno (DVB).
Se pidió al Tribunal del Almirantazgo que determinara si la reclamación de limitación de tonelaje del demandante (MSC) estaba comprendida en el Convenio Enmendado sobre Limitación de Responsabilidad por Reclamaciones Marítimas de 1976 (LLMC).
Artículo 2 de la LLMC
2.1(a) Reclamaciones por pérdida de vidas o lesiones personales o pérdida o daño a bienes (incluidos daños a obras portuarias, cuencas y vías navegables y ayudas a la navegación), ocurridos a bordo o en conexión directa con la operación del buque o con operaciones de salvamento, y pérdida emergente resultante de las mismas:
…
2.1(e) Reclamaciones respecto de la retirada, destrucción o eliminación de daños de la carga del buque.
2.1(f) Reclamaciones de una persona distinta de la responsable con respecto a medidas adoptadas para evitar o minimizar pérdidas por las cuales la persona responsable puede limitar su responsabilidad de conformidad con esta convención, y pérdidas adicionales causadas por tales medidas.
MSC intentó limitar su responsabilidad de conformidad con el artículo 2.1(a) de la LLMC. Conti argumentó que, a menos que la reclamación transfiriera la responsabilidad por una pérdida sufrida originalmente por un "ajeno" -es decir, alguien que no sea el propietario del buque o una persona de cuyo acto, negligencia o incumplimiento fuera responsable el propietario del buque, lo cual no era el caso en este caso-, no se consideraría dentro del Artículo 2.1 de LLMC.
MSC sostuvo que una reclamación por daños y perjuicios para compensar a un propietario por daños al buque era una reclamación con respecto a pérdidas consecuenciales resultantes de daños a la carga si los daños a la carga eran la causa de los daños al buque. MSC argumentó que, por lo tanto, la reclamación debería limitarse de conformidad con el artículo 2.1(a).
En The 'CMA Djakarta' [2004], el Tribunal de Apelación sostuvo que el artículo 2.1(a) sólo cubría reclamaciones con respecto a pérdida o daño a bienes distintos del propio buque.
En este caso se sostuvo que la reclamación de Conti contra MSC no podía limitarse de esta manera porque se trataba de una reclamación por daños al buque y pérdidas consiguientes derivadas de esos daños, en lugar de una reclamación por pérdida o daño a la propiedad (aparte de el propio barco).
Como alternativa, MSC alegó que los costes incurridos por Conti relacionados con la retirada o destrucción de los residuos de la carga deberían limitarse de conformidad con el artículo 2.1(e). Se sostuvo que esto no entraba dentro del ámbito del párrafo 1 e) del artículo 2.
Además, MSC argumentó que los costos incurridos por la eliminación del agua contra incendios deberían limitarse de conformidad con el artículo 2.1 (f). Nuevamente se sostuvo que esta reclamación no podía limitarse conforme a la LLMC porque no era distinta de la otra categoría de reclamaciones con respecto a la pérdida o daño del buque.
MSC Flaminia proporciona orientación útil sobre el derecho de un transportista a limitar la responsabilidad por reclamaciones. Las cuestiones de limitación son una consideración importante para las partes y sus aseguradoras, especialmente después de grandes siniestros como el del MSC Flaminia.
El juez Andrew Baker señaló que las decisiones relativas a la limitación de responsabilidad son muy raras y esta decisión es la primera ocasión desde CMA Djakarta en 2004 en que el Tribunal Superior inglés ha tenido que considerar una reclamación de un fletador sobre su capacidad para limitar su responsabilidad en virtud de el LLMC al propietario. Por lo tanto, la sentencia es una bienvenida aclaración y reformulación de la ley.
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